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Verifactu se aplaza a octubre de 2028: qué cambia y qué hacer con la factura electrónica

Hacienda aplaza Verifactu a octubre de 2028, aún pendiente de BOE. Fechas de la factura electrónica obligatoria y qué deben hacer ya pymes y autónomos.

SAGATECH·Actualizado octubre de 2026·5 min de lectura
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Verifactu se aplaza a octubre de 2028: qué cambia y qué hacer con la factura electrónica

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que vuelve a aplazar Verifactu, esta vez hasta octubre de 2028. Ese mismo día entró en vigor la orden que pone en marcha la factura electrónica obligatoria entre empresas. Son dos obligaciones distintas, con calendarios que ahora se quieren hacer coincidir. En esta guía te explicamos qué ha cambiado de verdad, qué fechas están ya en el BOE y qué conviene hacer ahora si tienes una pyme o eres autónomo.

Qué ha anunciado Hacienda

Según la nota informativa del Ministerio de Hacienda, las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 (el reglamento de sistemas informáticos de facturación, conocido como Verifactu) se aplazan hasta octubre de 2028. El objetivo es que coincidan con la obligación de factura electrónica para empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año.

Hacienda añade dos puntos importantes:

  • Después se hará otra modificación para acercar Verifactu y la factura electrónica en su ámbito y en aspectos técnicos, teniendo en cuenta los futuros requisitos europeos de ViDA.
  • Los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes. Es decir: lo que tu programa de facturación tiene que garantizar no desaparece.

¿Está ya publicado en el BOE?

Todavía no. A 21 de octubre de 2026, el aplazamiento es un anuncio: ninguna norma publicada en el BOE lo recoge aún. Mientras no se publique, las fechas legales vigentes de Verifactu siguen siendo las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025:

  • 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos.

Lo prudente es tomar el aplazamiento como muy probable, pero no dejar de prepararse: cuando se publique la norma conoceremos el día exacto y si hay matices.

El calendario que sí está en vigor: la factura electrónica

La Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica, entró en vigor el 6 de octubre de 2026. Con ella arrancan los plazos del Real Decreto 238/2026 (desarrollo de la ley Crea y Crece):

FechaObligaciónA quién afectaEstado
6 oct 2027Expedir, enviar y recibir factura electrónica e informar del estado de facturas y pagosEmpresas y profesionales con más de 8 M€ de volumen de operacionesEn vigor (BOE)
Oct 2028Verifactu (sistemas informáticos de facturación)Empresas y autónomosAnunciado, pendiente de BOE
6 oct 2028Factura electrónica obligatoriaResto de empresas y autónomosEn vigor (BOE)

Verifactu y factura electrónica no son lo mismo

Se confunden a menudo, pero resuelven cosas diferentes:

  • Verifactu fija cómo debe ser el programa con el que facturas: registros encadenados con hash, inalterables, con código QR y, en su modalidad Verifactu, enviados a la Agencia Tributaria.
  • La factura electrónica obliga a que las facturas entre empresas se emitan y reciban en formato electrónico estructurado (no vale un PDF por email) y a informar de su estado y de los pagos, lo que ayuda a controlar la morosidad.

Por eso Hacienda quiere alinearlas: así las empresas adaptan su sistema de facturación una sola vez, en lugar de dos en poco tiempo.

Qué hacer ahora si tienes una pyme

El aplazamiento da margen, pero no es motivo para olvidarse. Te recomendamos:

  1. Revisar tu programa de facturación. Pregunta a tu proveedor si ya cumple el reglamento y si te puede dar su declaración responsable.
  2. Dejar Excel y Word para facturar. No cumplen ni con Verifactu ni con la factura electrónica.
  3. Elegir un sistema preparado para las dos obligaciones, para no tener que cambiar de herramienta otra vez en 2028.
  4. Aprovechar el cambio para digitalizar más: conciliación bancaria, cobros, gastos y contabilidad en el mismo sitio.
  5. Estar pendiente del BOE para confirmar la fecha definitiva de Verifactu.

Recuerda que la Ley Antifraude prevé sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio por usar un software de facturación que no cumpla los requisitos cuando sean obligatorios.

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En Sagatech implantamos Gexto, el ERP en la nube preparado para Verifactu, que además emite factura electrónica a la Administración. Configuramos la plataforma, migramos tus datos, conectamos tu banco y formamos a tu equipo, y te acompañamos en la llegada de la factura electrónica entre empresas, para que afrontes 2027 y 2028 sin prisas ni cambios de última hora.

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Preguntas frecuentes

¿Verifactu ya no es obligatorio en 2027?

Hacienda ha anunciado que lo aplaza a octubre de 2028, pero a 21 de octubre de 2026 el aplazamiento aún no está publicado en el BOE. Hasta entonces, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas?

Desde el 6 de octubre de 2027 para empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones, y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

No es recomendable: no cumplen los requisitos de Verifactu ni permiten emitir factura electrónica estructurada. Conviene pasar a un programa de facturación que cumpla ambas obligaciones.

¿Gexto cumple con Verifactu?

Sí. Gexto emite facturas con registro encadenado, código QR y envío a la Agencia Tributaria, y ya permite la factura electrónica a la Administración. En Sagatech te lo dejamos implantado y configurado.

Fuentes: nota informativa del Ministerio de Hacienda (5 de octubre de 2026) y Agencia Tributaria, Orden HAC/1028/2026. Información actualizada a 21 de octubre de 2026.