Kit Digital

Para mejorar la competitividad y eficiencia empresarial

Todo lo que Necesitas para Digitalizarte

Soluciones integrales que se adaptan a ti

Descripción

Iniciativa del gobierno destinada a impulsar la digitalización de pequeñas y medianas empresas (PYMES) a través de ayudas económicas.

Servicios Incluidos

Los principales servicios son: Desarrollo web, marketing digital, E-commerce, gestión de redes sociales y ciberseguridad.

Requisitos

Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de digitalización.

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¿Quieres contratarnos? Cuéntanos qué quieres hacer rellenando el siguiente formulario:
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Requisitos:

- Ser pequeña, microempresa o autónomo

- Cumplir los límites financieros y efectivos

- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.

- No tener consideración de empresa en crisis.

- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

FAQ

En esta sección, encontrarás respuestas a las preguntas más comunes sobre el Kit Digital. Descubre cómo nuestras soluciones personalizadas pueden adaptarse a las necesidades específicas de tu negocio y resolver tus dudas sobre el proceso, tiempos, costos y más.

No. La ayuda la recibe directamente el agente digitalizador y tú solo tienes que pensar en cómo mejorar tu empresa.
El IVA sí que tendrás que abonarlo, pero después podrás desgravártelo

La ayuda NO cubre el IVA ni otros tributos, que habrán de ser abonados por el beneficiario, independientemente de que después pueda deducirlos.

Tampoco se considerarán subvencionables:

  • Los intereses de las deudas.
  • Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
  • Gastos financieros.
  • Gastos de infraestructura y obra civil.
  • Hardware.
  • Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
  • Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, de gestoría o de similar naturaleza).

No, solamente una por categoría, pero sí se permiten varias soluciones digitales de
categorías distintas hasta agotar la subvención. Se puede contratar al mismo Agente
Digitalizador varias veces, en categorías diferentes, prestando servicios distintos

El dinero se abonará directamente a los Agentes Digitalizadores con los que se firme
el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
La pyme deberá declarar las ayudas.
Las cantidades que no se canjeen por soluciones no llegarán a ser transmitidas a los Agentes Digitalizadores, y aquellas que sí se hubieran contratado pero que finalmente no se hubieran desarrollado o implantado serán reembolsadas a Red.es

Sí (si cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria)

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